Devolución gastos decesos Santa Lucía
Devolución gastos decesos Santa Lucía
En el seguro de decesos, o seguro de los muertos como se conoce coloquialmente, se contempla la devolución del capital no consumido, por ejemplo, por no realizar ciertos servicios (incineración en vez de enterramiento).
En la póliza puede haberse contratado servicios que no llegan a prestarse.
En ocasiones, el Ayuntamiento se hará cargo de los costes del servicio funerario, por lo tanto, los familiares tendrán derecho a recuperar el capital no utilizado de la aseguradora.
Conectando con estas situaciones en las que no llega a prestarse el servicio, hay que resaltar, que la mayoría de las pólizas incluyen un capital asegurado, que corresponde al coste de los servicios funerarios en la localidad correspondiente al cliente.
¿Qué plazo hay para recuperar el dinero en un seguro de decesos en Santa Lucía?
Los familiares dispondrán de un plazo de 5 años para reclamar el capital a la aseguradora. Este plazo empieza a contar desde el momento del fallecimiento, con independencia de que los familiares conociesen la póliza o no.
¿Qué ocurre si Santa Lucía ha tardado más de lo normal en prestar el servicio funerario, o no llega a prestarlo?
En el seguro de decesos la prestación (servicios funerarios) ha de realizarse de manera inmediata, si esto no se lleva a cabo así, los familiares tendrán derecho a reclamar daños y perjuicios.
¿Cómo tributa el seguro de decesos para los herederos?
Cuando la aseguradora Santa Lucía devuelva el sobrante del seguro (capital no consumido) este formará parte de la herencia y tributará conforme a esta característica.
¿Necesita un abogado para obtener la devolución gastos decesos Santa Lucía?
Si necesita un abogado especialista en seguros puede contactarnos a través del formulario de contacto o bien a través de nuestro teléfono 924223021 – 644041942. La consulta es gratuita.
Buenos días, han pasado 3 sños desde que mi madre falleció, teníamos constancia de que la compañía Santa Lucía tenían que devolver dinero pero nos pidieron documentos mi madre no tenía nada de bienes ni testamento nada absolutamente, la mantenía conmigo, ahora dicen que no hacia falta puesto que no había testamento y un solo papel dicen que van a mirar para devolver el dinero restante eso es cierto??
Hola!
La verdad, necesitaríamos más información para contestarte de manera acertada.
Como comentamos en el post, efectivamente, si la póliza de seguros contratada, cubría un número de servicios, que no se han llegado a utilizar, se podrá solicitar la devolución de la parte proporcional, al servicio contratado y no utilizado.
Con más información podremos estimar la cantidad aproximada a reclamar.
Puede contactar con nosotros en el 644041942
Saludos.
Mi madre fallecido donde ha k cuenta va el dinero sobrante
Buenas tardes.Mi familiar falleció a las 8 de la mañana y el tanatorio nos dió el cuerpo después de las cuatro de la tarde .No se nos informó de que no había velatorio nocturno y no se nos ofreció la posibilidad de elegir tanatorio.El tanatorio nos remite a su gabinete jurídico por pedir el cartel informativo de la sala de velatorios que ellos decían que ponía el horario,sin embargo ,en ese cartel no pone horario.El tanatorio dice que lo hizo bien y el seguro lo mismo pero lo cierto es que a las diez de la noche se nos invitó a dejar el tanatorio.¿A quién reclamamos la tardanza de entregarnos a mi familiar y la nula información de que no prestaban el servicio durante la noche .Gracias
Hola María, como abogado especialista en herencias, necesitaríamos más detalles antes de emitir una valoración sobre este suceso. Puedes ponerte en contacto con nosotros en el 644041942
Hola, mi caso es después de mi divorcio, y ser mi ex, el tomador de la póliza, ha ido a reclamar el rescate. Pero el caso es que no sé cuánto realmente ha sido la cuantía porque mi ex marido me tiene bloqueada y no tengo ninguna información ni de parte de Santa Lucía ni de parte en donde se hizo la póliza. A través de una persona, me envió 565€ porque mi ex, dijo que me correspondia la mitad, pero yo estoy segura que no es la verdad. He solicitado una copia y o algún documento para acreditar esa cantidad para hacienda y no obtengo ningúna respuesta. Y si, realmente era esa la cantidad del rescate.? Como y que debo hacer? Muchas gracias y un saludo.
Estimada Ana,
Efectivamente te corresponde la mitad. Esto dependerá de varios factores.
En primer lugar, en caso de que se haya formalizado el divorcio, pero sin embargo, aun no se haya liquidado la sociedad común de gananciales, al momento de liquidación, podremos reclamar tu parte de la devolución gatos deceso Santa Lucía.
Si por el contrario, ya se hubiera practicado la liquidación de gananciales, podrás acudir a la jurisdicción civil para reclamar tu parte de la devolución gatos deceso Santa Lucía, empezando por que tu ex aporte los justificantes de dicha devolución.
Si quieres profundizar más en el asunto puedes contactar directamente con nuestro despacho en el 644041942
Buenas tardes,
Santa Lucía me ha enviado una carta conforme hay un sobrante de 1125€ después de hacer todos los pagos correspondientes del entierro.
He visto que la póliza tenía un valor de 3100 y 2254 de nicho.
Hemos utilizado el niño que teníamos con lo cual, nos tendrían que devolver ese dinero menos 700€ correspondientes a música, jarrón y unas inscripciones.
Pero Santa Lucía suma el valor y el nicho y de esta manera me devuelve 1100€ en lugar de los 1500.
¿Qué puedo hacer?
Gracias
Estimada Yolanda,
Nos surgen algunas dudas, de la redacción de tu consulta, por favor ponte en contacto con nosotros para evaluar la situación y aclarar si procede reclamar la devolución de gastos de deceso a Santa Lucía.
Un saludo
Buenas tardes! Mis padres llevaban pagando mi seguro de decesos durante 61 años. Me gustaría darme de baja porque mis padres han fallecido. En estos momentos sigo pagándolo yo. En caso de solicitar la baja. Me devolverían algún dinero?
Estimada Soraya. En caso de cancelar el seguro ahora no correspondería una gran devolución. Es decir, la parte consumida, los 61 años de primas pagadas, no pueden reclamarse puesto que ya se ha consumido la cobertura. En todo caso lo que se podrá reclamar es la devolución de la prima del año en curso, por la parte no consumida.